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Administración de justicia cotidiana en línea solicita Colegio de Abogados del Estado de Guerrero

El Colegio de Abogados del Estado de Guerrero, A.C., fundado el 12 de julio de 1967, da a conocer las acciones legales efectuadas para la implementación de las tecnologías de la información y uso del internet, en la administración de la justicia cotidiana, es decir, de justicia civil y familiar, precisando que, para tales efectos, se debe hacer un llamado al Congreso de la Unión, y no a los Legisladores del Congreso Local, para que legislen sobre la materia.

En efecto, se advierte del contenido del artículo 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2017, que la facultad para expedir la legislación procesal civil y familiar, únicamente la tiene el Congreso de la Unión, por lo que, se entiende que los Congresos Locales de los estados dejaron tener competencia al respecto.

Así lo ha sostenido reiteradamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en las ejecutorias dictadas en las Acciones de Inconstitucionalidad números 144/2017, 32/2018, 37/2018, 58/2018, en las que fundamentalmente estableció, que los estados ya no pueden expedir normas procesales civiles locales, como lo venían haciendo, en virtud de que han dejado de tener competencia para legislar sobre materia procedimental civil y familiar, vedando toda posibilidad para que los Poderes Legislativos locales puedan modificar en un futuro dichas codificaciones.

De esa suerte, ese Supremo Tribunal de la República, dejó en claro que mientras el Congreso de la Unión no expida el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, y para no crear un vacío legislativo, se pueden seguir aplicando válidamente las legislaciones procesales estatales de la materia, expedidas con anterioridad al 17 de septiembre de 2017, pero sin que las Legislaturas Locales puedan expedir, después de esa fecha en la que entró en vigor la reforma Constitucional referida, nuevas reglas para el ejercicio de la jurisdicción civil y familiar, ni tampoco, para regular los trámites relacionados con la substanciación de tales juicios.

Por esas razones, es que consideramos que no compete al Congreso Local del Estado de Guerrero, expedir las normas que permitan la substanciación de juicios de justicia cotidiana en línea.

Sin embargo, como consideramos que es el Congreso de la Unión, el que cuenta actualmente con las facultades legislativas necesarias, para expedir nuevas normas procesales que permitan el uso de las tecnologías de la información y el internet en los juicios civiles y familiares, el Colegio de Abogados del Estado de Guerrero, A.C., fundado el 12 de Julio de 1967, ha interpuesto por conducto de sus asociados, dos juicios de amparo radicados bajo los números 305/2020 y 342/2020, de los Juzgados Cuarto y Octavo de Distrito en el Estado de Guerrero, respectivamente, para el efecto de que se expida el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, que contemple la implementación de los juicios en línea en tiempos de epidemia y, en el futuro, para todos los casos en los que se vean restringidas las actividades presenciales por cualquier otra circunstancia, y que no se traduzcan en un impedimento para acceder a la justicia cotidiana.