APRUEBAN NUEVAS CONVOCATORIAS PARA LA ELECCIÓN DE TITULARES DE ÓRGANOS INTERNOS DE CONTROL, CONSEJERO DE LA JUDICATURA, Y COMISIONADA Y COMISIONADO DEL ITAIGRO

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APRUEBAN NUEVAS CONVOCATORIAS PARA LA ELECCIÓN DE TITULARES DE ÓRGANOS INTERNOS DE CONTROL, CONSEJERO DE LA JUDICATURA, Y COMISIONADA Y COMISIONADO DEL ITAIGRO

Chilpancingo, Gro., 23 de febrero de 2023.- El Pleno de la LXIII Legislatura aprobó los acuerdosparlamentarios para dejar sin efecto los procesos de selección y designación de titulares de los órganos internos de Control de distintas dependencias estatales, de un integrante del Consejo de la Judicatura y una comisionada y un comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (ITAIGro).

Estos órganos internos de Control son para elITAIGro, de la Comisión de Derechos Humanos, de la Fiscalía General del Estado, del Tribunal de Justicia Administrativa, del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana y del Poder Legislativo, todos del estado de Guerrero.

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De acuerdo con los documentos, los aspirantes a estos cargos deberán registrarse en la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del 27 de febrero al 3 de marzo de este año, mismos que deben ser ciudadanos mexicanos por nacimiento, preferentemente guerrerenses, en ejercicio de sus derechos civiles y políticos, y tener cuando menos 30 años cumplidos al día de la designación.

Asimismo, gozar de buena reputación, haber residido en la entidad durante los cinco años anteriores al día de la designación, contar con conocimientos especializados y con experiencia debidamente comprobada en la materia, así como poseer título y cédula profesional de licenciatura en áreas afines a la materia, con un mínimo de cinco años.

Además, no haber sido titular de ninguna dependencia, entidad u organismo de la administración pública estatal o municipal, nirepresentante popular federal o estatal; no ser ministro de ningún culto religioso ni dirigente de algún partido político, ni haber sido postulado para cargo de elección popular durante los tres años previos al día de su nombramiento.

También, no estar inhabilitados para ejercer cargos públicos, y contar con probada honradez, honorabilidad y probidad, entre otros.

 

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