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Chilpancingo, Gro., 31 de mayo de 2026. — Para establecer sanciones a quien, de manera ilícita, dolosa descargue, deposite, vierta o infiltre aguas residuales, líquidos químicos, desechos industriales o basura sólida en los sistemas de drenaje, alcantarillado, canales pluviales, barrancas, vasos o cauces, así como para quien arroje o disponga residuos sólidos urbanos dentro de las zonas de protección de los cuerpos de agua, la diputada Araceli Ocampo Manzanares propuso adiciones a la Ley de Aprovechamiento y Gestión Integral de los Residuos del Estado.
En su propuesta que analiza la Comisión de Recursos Naturales, Desarrollo Sustentable y Cambio Climático, la diputada menciona que, en las zonas urbanas los cuerpos de agua enfrentan una presión antropogénica crítica, ya que el crecimiento demográfico desordenado ha propiciado la impermeabilización del suelo mediante el asfalto, transformando ríos y arroyos en canales de desagüe pluvial y residual.
Asimismo, dijo que el desecho de residuos sólidos urbanos en ríos, lagunas, barrancas y canales pluviales es una de las manifestaciones más críticas de la crisis de gestión ambiental, en los ámbitos municipal y estatal.
Ocampo Manzanares refiere que abordar esta problemática requiere un enfoque integral que combine la corresponsabilidad ciudadana con una infraestructura de servicios públicos eficiente.
Por ello propone la separación categórica de la infracción ambiental hídrica del catálogo común de faltas administrativas, “esta diferenciación no responde a un mero capricho taxonómico, sino a una necesidad de especialización institucional, ya que, al establecer la afectación a cuerpos de agua como una infracción administrativa específica en la legislación estatal, se dota a las autoridades ambientales de la facultad para intervenir, inspeccionar y sancionar, evitando la dispersión de atribuciones con las áreas de servicios públicos o de seguridad cívica.