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REFORMAN LEY PARA RECONOCER A LOS ANIMALES GUÍA COMO APOYO VITAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Chilpancingo, Gro., 29 de abril de 2026.— El Congreso del Estado aprobó actualizar la definición de “animal guía” en la Ley de Bienestar Animal del Estado, precisando que se trata de aquellos utilizados o adiestrados para apoyar a personas con discapacidad y que, por su entrenamiento, las ayudan con sus actividades diarias.
La propuesta fue impulsada por las diputadas Leticia Rodríguez Armenta y Leticia Mosso Hernández, así como los diputados Alejandro Bravo Abarca, Jesús Eugenio Urióstegui García y Juan Valenzo Villanueva, integrantes de la Comisión de Atención a las Personas con Discapacidad del Poder Legislativo.
Al fundamentar el dictamen de reforma al artículo 4, fracción VIII, de dicho ordenamiento, a nombre de la Comisión de Recursos Naturales, Desarrollo Sustentable y de Cambio Climático, la diputada Obdulia Naranjo Cabrera destacó que el objetivo es armonizar el marco legal con los más altos estándares internacionales en materia de derechos humanos y dignidad humana.

Subrayó que es fundamental que la Ley se alinee al lenguaje inclusivo, especialmente en lo relativo a los animales guía, pues estos no solo cumplen la función de acompañamiento, sino que son herramientas de apoyo vitales, entrenadas individualmente para realizar tareas específicas que fomentan la autonomía, independencia y seguridad de sus usuarios.

Asimismo, refirió que, de acuerdo con datos del INEGI, en Guerrero habitan aproximadamente 91 mil 021 personas con discapacidad visual, cifra que posiciona esta condición entre las de mayor prevalencia en el estado, lo que justifica plenamente la necesidad de actualizar el término en la fracción que regula a los animales que auxilian directamente a este sector.

Finalmente, argumentó que con esta reforma define a los animales guía para sustituir la terminología obsoleta y discriminatoria, además se garantiza que la definición sea coherente con la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y con los parámetros internacionales de respeto a la esencia humana.
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